Calculadora de nómina

Calculadora de PTU 2026

Cuánto te toca de reparto de utilidades: la parte por días y la parte por sueldo, el tope de tres meses y el ISR que te retienen.

10%de la utilidad de la empresa se reparte
3 mesesde salario es el tope por persona
15 UMAlibres de ISR ($1,759.65)
Tu empresa

La empresa debe poner a la vista el proyecto de reparto con estos totales.

Se reparte 10%: $100,000
¿Tienes los totales de la empresa?
personas
Como si todos trabajaran el año completo.
Tú
En efectivo, sin horas extra, aguinaldo ni bonos.
días
Opcional: sube tu tope si es mayor que 3 meses de salario.

Dentro del tope. Los primeros $1,759.65 no pagan ISR.

Tu PTU

$9,444.44

Te quedan entre $8,074.74 y $8,582.52 después de ISR

Por tus días
$5,000.00
Por tu sueldo
$4,444.44
Tu tope
$36,000
ISR estimado
$862–$1,370
  • Exento 19%
  • Gravado, después de ISR 72%
  • ISR 9%
Utilidad a repartir10% de la renta gravable
$100,000.00
Parte por días365 días × $13.70
$5,000.00
Parte por sueldoen proporción a tus $146,000 de salario
$4,444.44
Tu PTU
$9,444.44
Parte exentahasta 15 UMA ($1,759.65)
$1,759.65
ISR, método art. 96se suma a tu sueldo del mes
−$1,369.71
ISR, método art. 174opcional, suele ser menor
−$861.93

Estimación con la UMA, la tarifa de ISR y el subsidio para el empleo de 2026. Se paga a más tardar el 30 de mayo (persona moral) o el 29 de junio (persona física).

En corto. La empresa reparte 10% de su utilidad fiscal (renta gravable): la mitad por igual según los días que trabajó cada persona y la otra mitad según su sueldo. A cada quien le toca como máximo tres meses de salario o el promedio de su PTU de los últimos tres años, lo que le convenga más, y los primeros $1,759.65 (15 UMA en 2026) no pagan ISR.

Cómo se calcula.

La utilidad que se reparte es 10% de la renta gravable de la empresa, según la Ley del ISR (Ley Federal del Trabajo, Art. 120, y resolución de la Sexta Comisión Nacional publicada en el DOF el 18 de septiembre de 2020). La renta gravable no se reduce con las pérdidas fiscales de otros años.

Ese monto se parte en dos mitades (Art. 123). La primera se divide entre todos los días trabajados por todo el personal y a ti te toca ese valor por cada día que trabajaste. La segunda se divide entre todos los salarios pagados en el año y te toca en proporción a lo que ganaste.

El salario que cuenta es tu cuota diaria en efectivo, sin horas extra, aguinaldo ni bonos (Art. 124). Si no tienes los totales de la empresa, la calculadora los estima con el número de personas y su salario diario promedio, como si todos hubieran trabajado el año completo.

Tu PTU tiene un tope: tres meses de tu salario (aquí 90 días de tu salario diario) o el promedio de lo que recibiste en los últimos tres años, lo que sea más alto (Art. 127, fr. VIII). Los primeros 15 UMA están exentos de ISR (Ley del ISR, Art. 93, fr. XIV); el resto paga ISR con el método del Art. 96 o el del Art. 174 del Reglamento, que suele ser menor.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga la PTU?

Dentro de los 60 días después de la fecha en que la empresa debe presentar su declaración anual (Art. 122): a más tardar el 30 de mayo si la empresa es persona moral y el 29 de junio si es persona física.

¿Quién no recibe PTU?

Los directores, administradores y gerentes generales, las trabajadoras y trabajadores del hogar, y los eventuales que trabajaron menos de 60 días en el año (Art. 127). Tampoco reparten las empresas en su primer año, ni las de un producto nuevo en sus dos primeros años (Art. 126).

¿Cómo funciona el tope de tres meses?

Desde la reforma de 2021, a cada persona le toca como máximo tres meses de su salario o el promedio de la PTU que recibió en los últimos tres años, lo que sea más alto. Si ganas $400 al día, el tope es de $36,000 o tu promedio, si es mayor.

¿Cuánto ISR paga la PTU?

Los primeros 15 UMA ($1,759.65 en 2026) están exentos. El resto se suma a tu sueldo del mes para la retención. La Ley del ISR dice 15 días de salario mínimo; la mayoría de las nóminas usan la UMA desde la desindexación de 2016 y algunas usan el salario mínimo ($4,725.60), con lo que te retienen menos.

¿Si estuve de incapacidad o maternidad cuenta?

Sí. Las madres trabajadoras en sus periodos pre y postnatales y quien tuvo un riesgo de trabajo, durante la incapacidad temporal, cuentan como en servicio activo (Art. 127, fr. IV).

¿Y si la empresa tuvo pérdidas?

Si no hubo renta gravable, no hay reparto ese año. Las pérdidas de un año no se compensan con las ganancias de otro para la PTU (Art. 128). La empresa debe entregar copia de su declaración anual a los trabajadores en los 10 días siguientes a presentarla (Art. 121).

¿Lo haces cada mes?

Un software de nómina guarda los días trabajados y los salarios de cada persona, calcula el reparto con sus dos mitades y su tope, y timbra el recibo de la PTU con su ISR.

Ver software de nómina →

Fuentes.

Resultado orientativo, no es asesoría legal ni fiscal. Revisado el 28 de octubre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a hola@mexsaas.com.

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